Patrocinio y Asesoría Legal
Si eres un trabajador independiente que genera rentas de cuarta categoría (emite recibos por honorarios), bajo ciertas condiciones, puedes evitar la retención del 8% del impuesto a la renta para montos mayores a S/. 1,500.00, solicitando la suspensión de retenciones y pagos a cuenta de renta de cuarta categoría, desde el 1 de enero de cada año.
Condiciones para el año 2026:
Tus ingresos no superan los S/. 4,010.00 al mes y S/. 48,125.00 al año.
Obtienes tus ingresos por funciones de director de empresas, síndico, mandatario o similares, y no superas los S/. 3,208.00 al mes, o S/. 38,500.00 anuales.
Si superas esos importes, debes reiniciar las retenciones o pagos a cuenta.
Recomendación:
Toma en cuenta que si no cumples estas condiciones, debes presentar la declaración mensual y pagar el 8%. Este importe se conoce como pago a cuenta. Para calcularlo, debes sumar tus ingresos de cuarta y quinta categoría: trabajo independiente y dependiente, respectivamente.
Base Legal:
Último cambio 02 enero 2026